Comunicado de prensa – GMIES, FESITRAMES, SITTOJ, SITTAMI

COMUNICADO

AL ESTADO SALVADOREÑO Y ORGANIZACIONES SINDICALES

El Grupo de Monitoreo Independiente El Salvador en coordinación con el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores del Órgano Judicial (SITTOJ),  el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Alcaldía Municipal de Ilopango (SITTAMMI) y la Federación Sindical de Trabajadores Municipales de El Salvador (FESITRAMES)  acudimos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el pasado 28 de octubre de 2011, para exponer la falta de garantías para el ejercicio de la libertad sindical de los empleados y trabajadores públicos y municipales en El Salvador.

En la audiencia temática se expusieron las graves situaciones de violación a la libertad sindical, de negociación y  contratación colectiva, así como de la falta de acceso a la justicia y garantía judiciales de las que son víctimas los trabajadores y empleados sindicalizados en el sector público y municipal.

En específico, se señaló el despido injustificado de líderes y lideresas sindicales del sector público y municipal; descuentos arbitrarios de salarios en razón de las actividades organizativas; restricciones a los permisos sindicales y se hizo especial mención a la tendencia de criminalizar a los y las dirigentes. Ello, en clara contradicción a los artículos 16 y 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos y a los artículos 6 y 8 del Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”, relacionados, todos ellos, con la obligación de respetar los derechos, al deber de adoptar disposiciones de derecho interno y del derecho de igual protección ante la ley.

Además, se informó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que se carece de un marco normativo claro que reconozca y garantice la libertad sindical, de asociación y de negociación colectiva de la población organizada en el sector público y municipal. Se observó que la Ley del Servicio Civil y la Ley de la Carrera Administrativa Municipal, no establecen parámetros adecuados para el pleno ejercicio de estos derechos.

La actuación de las autoridades salvadoreñas frente a esta realidad se puede interpretar como desinteresada. En la Audiencia se expuso que la Fiscalía General de la República no investiga con la diligencia requerida las denuncias que son planteadas por los miembros de las organizaciones sindicales ante las acciones que realizan las autoridades estatales en contra de los sindicatos y sus miembros. Principalmente la falta de investigación de los delitos de amenazas, lesiones y asesinato de dirigentes sindicales. Asimismo, se informó que el Ministerio de Trabajo y de Previsión Social se niega a realizar inspecciones en los centros de trabajo pese a que el artículo 75 de la Ley de Servicio Civil le obliga a ejercer vigilancia ante actos que amenacen o tiendan limitar los derechos sindicales en el sector público y municipal.

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Frente a esta realidad, solicitamos a la CIDH requiera al Estado de El Salvador la adopción de las siguientes acciones:

•Que realice las transformaciones necesarias en el sistema de administración de justicia laboral, para garantizar la protección de los derechos a la libertad sindical, de asociación y negociación colectiva de los empleados y trabajadores sindicalizados del sector público y municipal.

•Que adopte las medidas de reforma de carácter legislativo tendientes a la homologación de la legislación laboral en todo el aparato del Estado, con el propósito que la población trabajadora sindicalizada en el sector público y municipal cuente con un marco normativo efectivo, que garantice la promoción y defensa de los derechos a la libertad sindical, de asociación y negociación colectiva.

•Que no promueva, apoye o promulgue ninguna norma o acción que represente regresividad en materia de derechos sindicales.

•Que investigue las denuncias que han sido interpuestas por los representantes sindicales del sector público y municipal.

Finalmente las organizaciones firmantes, somos enfáticos en señalar que de seguir obstaculizando el pleno ejercicio de la libertad sindical de la población organizada en el sector público y municipal estamos determinados a continuar utilizando todos los mecanismos de denuncia que disponen los sistemas internacionales de protección de derechos humanos hasta lograr una justa reparación.

San Salvador, 7 de diciembre de 2011.

GMIES, FESITRAMES, SITTOJ, SITTAMI

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