Audiencia temática: “Situación de los Derechos Humanos Laborales de población migrante e indígena en Costa Rica”

Audiencia temática: “Situación de los Derechos Humanos Laborales de población migrante e indígena en Costa Rica”

Del 2 al 15 de abril del 2016 en Washington, se llevó a cabo el 157° período de sesiones de la Comisión Interamerica de Derechos Humanos.

Para este periodo de sesiones, se presentó ante la CIDH información acerca de la situación de derechos humanos de las personas trabajadoras migrantes e indígenas en Costa Rica, resaltado que Costa Rica cuenta con una legislación e institucionalidad suficientemente avanzada en relación al respeto de los Derechos Laborales visto como Derechos Humanos, por mencionar algunos ejemplos:

  • Constitucionalmente no existe discriminación para la contratación de persona migrantes en los ámbitos laborales
  • Desde la Instancia Administrativas Laborales se cuenta con una Dirección específica de Migraciones Laborales y dentro del ámbito judicial se cuenta la con la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia, donde existe una subcomisión encargada de velar las situaciones de los trabajadores migrantes y la debida aplicación de las reglas de Brasilia.
  • Cuenta con una Ley General de Migración y Extranjería con capítulos específicos de regulaciones para las poblaciones migrantes trabajadoras y las personas “migrantes” indígenas. Dicha ley actualmente se encuentra vigente, peros en el Parlamento existe una expediente (18922) de reforma a la ley en pro y mejora de las condiciones laborales de la población migrante he indígena, la misma en la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento.
  • Recientemente en fecha de 25 de Enero 2016, se firmó la llamada Reforma Procesal Laboral (RPL), que viene a refrescar el Código de Trabajo vigente desde 1943, lo cual ayuda hacer más expeditos los procesos laborales en general y con prioridad los del sector privado y las poblaciones más vulnerables como adultos mayores, mujeres embarazadas, migrantes, indígenas, personas menores de edad y trabajadores sindicalizados.

No obstante, a la cantidad de leyes e institucionalidades a favor de la población migrante con visión de Derechos Humanos, el país cuenta con poca cultura de respeto de los Derechos Laborales de las personas trabajadoras en general al igual que conocimiento y voluntad para llevar a la práctica tantas leyes e instituciones protectoras que existen, agravándose la situación con los trabajadores migrantes y mucho más aun con la población trabajadora migrante indígena estacional (café y bananeras) , quienes adicional a la violaciones a sus derechos como trabajadores, en consecución se transgreden otros derechos a la vida digna como en el irrespeto a sus derechos de salud, vivienda, educación, documentación, entre otros.

En el caso de los trabajadores recolectores de café que mayoritariamente son población Indígena Ngäbe Bugle proveniente de Panamá residiendo en la zona de San Marcos y Los Santos en Costa Rica,  el Instituto del Café de Costa Rica, mantiene una posición de una “inexistencia de relación obrero patronal entre esos sectores” refiriéndose a los recolectores de café y bananera, siendo enfáticos en decir “no existe relación obrero patronal entre productores y recolectores” haciendo llamados a “si se llegaran a presentar funcionarios de la Caja Costarricense de Seguro Social para el posible levantamiento de planillas, pueden hacer efectiva su defensa con la jurisprudencia señalada” (Sobre la mano de obra migrante y el levantamiento de planillas por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social: http://www.icafe.cr/icafe/publicaciones/circulares/circulares-del-sector-2014/) .

Ante estos casos, donde opera la falta de reconocimiento de la relación laboral misma, se identifican casos específicos donde se pone en juego la negociación de derechos humanos labores fundamentales, ante instancias judiciales quienes dejan ver que la negociación de estos en etapas conciliatorias administrativas previas es la única alternativa “favorable” que cuenta el trabajador, ya que de llegar a accionar el aparato judicial no hay posibilidades de obtener resultados favorables debido a la inexistencia de la relación laboral.

Entre las principales acciones u omisiones que vulneran el ejercicio de sus derechos como trabajadores de las personas migrantes e indígenas en Costa Rica sustentada a través de testimonios de casos recibidos:

  • De manera general, la discriminación racial, situación generalizada ante las Instituciones no les gusta escuchar al Indígena, por el lenguaje tradicional que posee y es tratado de problemático.

“La raza de nosotros nos ponen a trabajar porque nos dicen que no queremos trabajar”.

“El trato de los compañeros indígenas con los latinos, por igual trabajo diferente salario”

“Los indígenas no permiten criar animales pero a los latinos si,  no respetan las costumbres, nos botan los lugares de cocina a la leña.”

“En Costa Rica la empresa pública o privada ha discriminado la los indígenas.”

“Que los panameños no tienen derecho a reclamar derecho porque no tienen documentos en Costa Rica”

“Otras formas de violentar lo derechos las mujeres indígenas casi no les permiten trabajar. Existe una discriminación para la contratación de las mujeres Ngäbes y Bugle.”

  • El derecho a la salud “…es importante y a veces los vemos violentados cuando nuestros capataces le decimos que necesitamos al médico, nos dicen: el bananero no tiene derecho a enfermarse”. Pese al trabajo forzado y largas jornadas que realizan.

“La empresa negocia con los médicos para que no nos incapaciten  a los trabajadores”.

  • Derecho a la libertad sindical o de asociación: “Como trabajadores migrantes indígenas no tengo derecho a tener record por miedo de la persecución sindical”. “Me dan trabajo pero por temporadas. Porque si es trabajador indefinido se afilian al sindicato”.

“La empresa indica que el sindicato es malo, la empresa forma un sindicato y ese sindicato es empresarial es bueno”

“Los que nos encontramos en huelga hemos tenido críticas, los mismos compañeros Ngäbes nos critican”

“La empresa me despidió sin preaviso y no podía conseguir trabajo porque fui dirigente  cuando estaba en la empresa, y pertenezco a una lista negra para que no me den trabajo.”

  • Derecho a la documentación: “En Migración nos ponen una situación de dificultad y no claridad para la tramitología de los documentos.”

“La empresa no se compromete a dar los documentos para que los compañeros vayan al Ministerio de Trabajo”

  • Derecho a la vivienda: “… En cuanto a la vivienda no les interesa arreglar y dar al trabajador vivienda digna, mientras que a los latinos sí”
  • Derecho al acceso a la justicia: “Existe una negativa patronal de hacer real el pago de los procesos judiciales, aun y pese que muchos son condenados en sentencia firme no pagan sus condenas y al final queda impune dicha violación de sus derechos”

Compartimos el vídeo de la audiencia temática para mayor conocimiento de los puntos vertidos en ella.

Sobre el Autor